Recién añadido: 15.12.2011
¿Prorrata general o especial?
Durante el mes de diciembre, las empresas en prorrata pueden escoger entre los dos regímenes de prorrata que existen: el general y el especial. Si ve que el actual sistema que está aplicando no le conviene para el próximo ejercicio, opte por el otro antes de que acabe el año.
Esta plantilla le permitirá calcular el IVA que podrá deducirse el próximo año, en función de los dos regímenes de prorrata existentes.

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